
Hasta ahora, la DGT recomendaba llevar guantes en moto. A partir del 1 de octubre de 2026, los guantes obligatorios para moto dejarán de ser una recomendación para convertirse en obligación, con una multa de 200 euros esperando a quien salga a carretera sin ellos.
El cambio forma parte de una reforma más amplia del Reglamento General de Circulación, y hay un matiz técnico sobre los guantes obligatorios para moto que está generando bastante confusión entre motoristas estos días. Vamos a aclarar exactamente qué dice la norma, cuándo aplica y qué guantes vas a necesitar de verdad.
Qué dice exactamente el Real Decreto 518/2026
El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio de 2026 y aprobado por el Consejo de Ministros, modifica el artículo 118.1 del Reglamento General de Circulación. A partir de su entrada en vigor, conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán usar guantes de protección al circular por vías interurbanas.
El matiz importante está ahí: la obligación se limita a autopistas, autovías, carreteras nacionales y cualquier vía fuera de población. En ciudad, por ahora, los guantes siguen sin ser obligatorios por ley, aunque cualquier motorista experimentado te dirá que llevarlos también en ciudad es una cuestión de sentido común, no solo de norma.
Guantes obligatorios para moto: la confusión sobre la homologación
Aquí es donde conviene ser precisos, porque circula bastante información contradictoria. Varias fuentes han dado por hecho que desde ya es obligatorio un guante con homologación específica, la norma europea EN 13594, y que la Guardia Civil comprobará ese código de homologación en cada control.
La realidad, a fecha de agosto de 2026, es más matizada. Según ha explicado El Motero, el propio Real Decreto deja en manos de una orden ministerial posterior la fijación de las especificaciones técnicas exactas que deberán cumplir los guantes. Hasta que esa orden entre en vigor, el reglamento establece un régimen transitorio: deben usarse guantes de protección «de las mismas características que los que se usan en la actualidad».
En otras palabras: la exigencia de la homologación EN 13594 concreta todavía no es obligatoria en sentido estricto. Lo que sí es obligatorio desde el 1 de octubre es llevar guantes de protección, sin que la Guardia Civil pueda exigir de momento un código de homologación específico que la orden ministerial aún no ha fijado.
Qué pasa con el casco y el calzado en la misma reforma
Los guantes no llegan solos. La misma reforma endurece también la exigencia del casco homologado ECE 22.06, obligatorio en vías interurbanas para conductores de motocicleta, y del calzado cerrado, que pasa a ser obligatorio en todo tipo de vías, incluidas las urbanas.
Circular con calzado abierto, como sandalias o chanclas, se considera infracción grave con la misma sanción de 200 euros que la de los guantes. Para los usuarios de ciclomotor, la exigencia del casco homologado tiene un calendario distinto: entrará en vigor un año más tarde, el 1 de octubre de 2027. También conviene tener presente el casco obligatorio para ciclistas, otra novedad de la misma reforma que afecta a un colectivo distinto pero relacionado.
Cuánto es la multa y a quién afecta
La infracción se tipifica como grave, con una sanción de 200 euros, reducible a 100 euros si se paga dentro del plazo de pronto pago. La multa afecta tanto al conductor como al pasajero, así que llevar a alguien detrás sin guantes también puede acarrear sanción.
Sobre la pérdida de puntos existe cierta disparidad entre las fuentes consultadas: algunos medios especializados hablan de que la infracción no conlleva pérdida de puntos, mientras que otros mencionan 2 puntos e incluso alguna fuente apunta hasta 4. Dado que la orden ministerial definitiva todavía no se ha publicado, la cifra exacta de puntos podría no estar cerrada del todo, así que conviene esperar a la confirmación oficial antes de dar un número por seguro. Esta sanción se suma a otras conocidas del mundo de la moto, como la multa por no llevar el chaleco reflectante.
Qué guantes puedes usar mientras no haya orden ministerial
Con el régimen transitorio actual, cualquier guante de moto con las protecciones habituales del mercado (refuerzos en nudillos, palma reforzada, cierre en la muñeca) debería servir para cumplir la norma, sin necesidad de comprar un modelo con certificación EN 13594 específica todavía. La norma de referencia final, según detalla Invictus Apparel, es la EN 13594:2015, aunque de momento no es obligatorio acreditarla.
Dicho esto, si vas a comprar guantes nuevos de todas formas, elegir directamente unos ya certificados con esa norma europea te ahorra tener que volver a comprar cuando la orden ministerial finalmente se publique y fije los requisitos definitivos.
Por qué la DGT introduce los guantes obligatorios para moto ahora
El objetivo declarado es reducir la siniestralidad en moto. Los traumatismos en extremidades y en la cabeza siguen siendo la principal causa de lesiones graves en accidentes de motocicleta, según los propios datos oficiales de la DGT.
Las manos son, junto a la cabeza, de las zonas más expuestas en una caída: es habitual apoyarlas de forma instintiva al perder el equilibrio, lo que multiplica el riesgo de fracturas y heridas graves sin protección adecuada.
Preguntas frecuentes sobre los guantes obligatorios en moto
¿Desde cuándo son obligatorios los guantes en moto?
Los guantes obligatorios para moto entran en vigor el 1 de octubre de 2026, según establece el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación. La obligación afecta a vías interurbanas.
¿Necesito guantes homologados EN 13594 desde ya?
No necesariamente. Mientras no se publique la orden ministerial que fije las especificaciones técnicas concretas, es suficiente con guantes de protección de las características habituales del mercado actual.
¿La multa por no llevar guantes quita puntos del carné?
Las fuentes consultadas no coinciden del todo en este punto. Lo más prudente es esperar a la confirmación oficial definitiva antes de dar por segura una cifra concreta de puntos.
¿Los guantes son obligatorios también en ciudad?
No, por ahora los guantes obligatorios para moto se limitan legalmente a vías interurbanas: autopistas, autovías, carreteras nacionales y cualquier vía fuera de población.
Artículos relacionados que te pueden interesar
- Seguro de moto en verano: qué tener en cuenta
- Las mejores motos A2 del momento
- Neumáticos de moto: guía práctica
- Modificaciones en moto y la ITV
Crecí entre las motos y los coches de mi padre y hago yo mismo el mantenimiento de mi moto. Escribo en Pillatop sobre mantenimiento, averías y compra de segunda mano, con precios orientativos y fuentes citadas.
