
La documentación técnica de tu coche está cambiando de formato, y probablemente no te hayas enterado. El BOE ha publicado una orden que convierte la tarjeta ITV electrónica obligatoria en la norma general, dejando el papel como una excepción con fecha de caducidad.
Te explicamos qué cambia exactamente con la tarjeta ITV electrónica obligatoria, desde cuándo, y qué debes hacer si todavía tienes la tarjeta en papel.
Qué dice la nueva orden del BOE
La Orden PJC/528/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece que la tarjeta ITV electrónica obligatoria pasa a ser el formato de referencia para las tarjetas técnicas tipo A, B, C y D (turismos, vehículos de mercancías, autobuses y remolques), así como para las tarjetas AL, BL, CL y DL de motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos.
La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación, a finales de mayo de 2026, según recoge este análisis de Diario de Avisos sobre el cambio del BOE. Es decir, el cambio de la tarjeta ITV electrónica obligatoria ya está en marcha, no es algo que vaya a llegar en el futuro.
La fecha real hasta la que puedes seguir en papel
Aquí conviene aclarar un dato que ha circulado de forma confusa en algunos medios. El texto oficial del BOE fija el periodo transitorio para las tarjetas en papel hasta el 31 de diciembre de 2026, no antes.
Lo que sí ocurre el 31 de julio es un matiz técnico menor: a partir de esa fecha, las tarjetas en papel ya no tendrán que cumplir determinadas especificaciones del anexo XI y dejarán de poder adquirirse en el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Industria y Turismo. El papel sigue siendo válido durante la transición hacia la tarjeta ITV electrónica obligatoria, pero con condiciones distintas.
Qué significa esto para ti como propietario
Si tu coche ya tiene la tarjeta ITV electrónica obligatoria, no tienes que hacer nada: el cambio afecta principalmente al proceso de emisión por parte de fabricantes y administraciones, no a los vehículos que ya circulan con su documentación en regla.
Si tu vehículo todavía tiene tarjeta en papel, sigue siendo válida hasta que finalice el periodo transitorio. No es necesario acudir a ningún trámite para adelantarte a la tarjeta ITV electrónica obligatoria, salvo que necesites un duplicado por pérdida o deterioro.
Un cambio también en cómo se envía la tarjeta
La orden simplifica además el circuito administrativo: hasta ahora, la tarjeta electrónica se enviaba por duplicado al Ministerio del Interior (a través de la DGT) y al Ministerio de Industria y Turismo. Con la nueva regulación, solo se envía a la DGT, lo que reduce cargas burocráticas entre administraciones.
Este ajuste no tiene impacto directo para el conductor, pero explica por qué la tarjeta ITV electrónica obligatoria queda más vinculada al sistema de la DGT que antes.
Otros cambios que trae la misma orden
El BOE aprovecha esta actualización para introducir varios ajustes técnicos adicionales, según recoge el propio texto oficial publicado en el BOE:
- Neumáticos: se mantiene la profundidad mínima de 1,6 mm para turismos, y se fija en 1,0 mm para vehículos pesados.
- Neumáticos de nieve extrema: se aclara que deben llevar el marcado 3PMSF (pictograma de montaña con copo de nieve) para considerarse válidos en restricciones invernales.
- Nuevo código «07»: se crea una clasificación específica para el ciclo de motor, que antes no tenía código propio.
- Placas de matrícula: se corrigen errores detectados en las dimensiones de ciclomotor largo y cuatriciclo largo.
El caso de las motos: mismo cambio, matiz propio
Las motocicletas y ciclomotores también entran de lleno en la tarjeta ITV electrónica obligatoria, con la particularidad de que la orden crea, de paso, un código específico para los llamados «ciclos de motor», una categoría que hasta ahora no tenía clasificación propia pese a estar ya definida en el reglamento.
Según recoge este análisis de Motor16 sobre la homologación de motos, la inspección técnica seguirá siendo presencial en todos los casos: lo único que cambia es que el resultado se vuelca directamente al registro electrónico en lugar de emitirse en papel por duplicado.
¿Afecta esto al proceso de inspección de la ITV?
No. La tarjeta ITV electrónica obligatoria cambia el formato del documento técnico del vehículo, pero no modifica en absoluto el proceso de revisión periódica que debes pasar cuando corresponda. Seguirás pasando la inspección presencial con la misma frecuencia de siempre.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatoria la tarjeta ITV electrónica?
La orden entró en vigor a finales de mayo de 2026, aunque el papel sigue siendo válido en un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Tengo que hacer algo si mi tarjeta ITV sigue en papel?
No, sigue siendo válida durante el periodo transitorio. Solo necesitarás gestión adicional si solicitas un duplicado por pérdida o deterioro.
¿Este cambio afecta a la frecuencia de las inspecciones de la ITV?
No. Solo cambia el formato del documento técnico, no el calendario ni el contenido de la revisión periódica del vehículo.
¿A qué vehículos afecta la tarjeta ITV electrónica obligatoria?
A turismos, vehículos de mercancías, autobuses, remolques, motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos, según su categoría técnica.

